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lunes, 13 de abril de 2009

Contra la monarquía (I)

El autor pone de manifiesto las enormes paradojas con las que se encuentra la razón al buscar argumentos objetivos que justifiquen la pervivencia de la institución monárquica dentro de la realidad social de nuestros días. En su opinión, y pese a la polémica que este debate pueda suscitar, ha llegado el momento de cuestionarnos los pros y los contras mantener de una jefatura de Estado vitalicia y hereditaria, en el seno de un país occidental, en pleno S. XXI.

I. ¿Qué es la monarquía?

Empecemos por el principio: ¿de qué estamos hablando exactamente? Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, la primera acepción de "monarquía" es: «Estado regido por un monarca». Obviamente, no pude resistir la curiosidad de mirar la descripción del término "monarca", y esta es la respuesta: «Príncipe soberano de un Estado», lo cual me dejó un tanto perplejo, porque siempre creí lo que dice el artículo primero de la Constitución Española, en su apartado segundo: «La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.». Así pues: o la definición de la Real Academia contiene un grave error, o la monarquía es inconstitucional.

Insatisfecho pues, con mis pesquisas en el diccionario y la Carta Magna, opté por consultar una enciclopedia, en búsqueda de mejor fortuna: y en efecto, di con algunas definiciones muy aclaratorias: Al parecer, al principio solo existía un tipo de monarquía: la monarquía absoluta, que como su nombre indica, confería al gobernante un poder ilimitado, de modo que quedaba en su voluntad la opción de comportarse como un gobernante despótico.

Más tarde aparecieron otras formas de gobierno, a las que se llamó "monarquías constitucionales", y que básicamente, no eran otra cosa que formas descafeinadas de la monarquía absoluta… eso da pie a muchas interpretaciones, pero a la vista del curso de la Historia en la mayor parte de países, a partir del S. XVII, se fue reduciendo más o menos suavemente la cantidad de poder que ostentaba el monarca, hasta llegar a lo se ha dado en llamar la "monarquía parlamentaria", en la que supuestamente, la figura del monarca se limita a ser un símbolo, como el himno o la bandera.

Hay que decir, que en algunos sitios, el período de monarquía concluyó de un modo brusco, como en Francia o Rusia, y en otros quedó vacía de significado ejecutivo de la noche a la mañana, como en Japón. En otros, la monarquía absoluta ha llegado hasta nuestros días, principalmente en antiguas colonias británicas y francesas que están bien en la memoria de todos nosotros.

Algunas de esas monarquías han decidido maquillar su legitimidad pretendiendo cumplir ciertos aspectos formales de tipo legal, con lo que las podríamos llamar monarquías pseudoconstitucionales. En mi opinión, con las cotas de alfabetización que hoy en día existen en casi todas partes, eso de "yo mando porque me lo ha dicho Dios", o eso tan oído de "Dios es de la familia", ya no resulta muy convincente para muchos de los súbditos… y como parece que la gente todavía respeta la Ley, pues bien…

En resumen: de todas las expuestas, la forma de gobierno que hay en España es la de monarquía parlamentaria –a parte de todo este razonamiento e investigación, bastaba haber leído el tercer punto del primer artículo de la Constitución Española: «La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria»–, y por tanto, como sabemos que la monarquía parlamentaria es un símbolo, concluimos: la monarquía es un símbolo.

II. ¿Por qué existe un monarca?

Se podría decir que tenemos rey porque siempre lo hemos tenido… o bien, siendo más correctos: que sus orígenes se remontan a tradiciones profundamente arraigadas. Parece ser que allá por el S. IV a de C., había tribus guerreras que tenían jefes; tribus que necesitaban aliarse por razones de seguridad o estrategia militar, y entonces, el número aconsejaba la creación de órganos colegiados –integrados por jefes–, al frente de los cuales se erigía un coordinador, o jefe de jefes.

Del cómo se elegía a este individuo, no está documentado, pero, teniendo en cuenta que todo eso empezó a ocurrir mucho antes de Pericles, creo que el sistema no debió diferir mucho del que podemos contemplar viendo un documental de Nacional Geographic sobre organización social de manadas de leones.

Echando un vistazo a lo que nos han contado de los últimos reinados de España, desde el punto de vista de su encuadre constitucional, veremos que ya en la Carta Magna de 1812 se le dedicaba el título cuarto entero, y –cosa curiosa–, su redacción no estaba muy alejada de la del título segundo de la actual Constitución Española. La Constitución Española de facto, de 1834, no tenía un título específico para la corona, porque toda ella lo era en sí misma –siempre me he preguntado como rayos se puede tener texto base con entidad constitucional "supuesta"–. En 1837 se abogó por retrotraerse a la de Cádiz, de 1812, de carácter más conciliador –como la de 1978, aunque esté mal el decirlo–.

En julio de 1854, O’Donnell da un golpe de estado, e Isabel II aprovecha el río revuelto para ganar una bonita corona; llama a formar Gobierno al viejo general Espartero, que compartirá el poder con O’Donnell. Hasta que el descontento hacia el régimen de Isabel II desembocó en un nuevo golpe de estado, esta vez el de Prim, en septiembre de 1868, dando origen a la revolución de 1868 –la gloriosa–, que supuso el fin del reinado de Isabel II.

Las nuevas Cortes Generales sancionaron –ya en junio de 1869–, la primera de nuestras constituciones democráticas. En ella quedaron plasmados los puntos básicos de la revolución de 1868: soberanía nacional, sufragio universal, división de poderes, concepción de la monarquía como poder constituido y declaración de derechos. Estuvo vigente hasta 1873, año en que se proclama la Primera República.

En diciembre de 1876, el Martínez Campos proclama a Alfonso de Borbón, hijo de la exiliada Isabel II, como rey de España. Se abría así la etapa de la Restauración, un periodo de estabilidad basada en la alternancia bipartidista de liberales y conservadores. La nueva Constitución Española ligada a este régimen devuelve la soberanía nacional al rey y a las Cortes, reconoce implícitamente la división de poderes y opta por la tolerancia religiosa, aunque deja un amplio margen a su desarrollo a través de leyes posteriores. Es el texto constitucional de más larga vida en la historia de España, ya que estuvo vigente hasta 1923.

En abril de 1931, Niceto Alcalá-Zamora proclamaba la II República Española, cuya consecuencia inmediata fue el destierro voluntario de Alfonso XIII. La República era la consecuencia de la dictadura agotada de Primo de Rivera. Con el cambio de régimen, llegó una nueva Constitución Española, promulgada en diciembre de 1931. El nuevo texto se halla en la línea del constitucionalismo democrático, que resalta la soberanía nacional, la proclamación de los derechos y libertades, y la división de poderes. Su periodo de vigencia se extendería hasta el final de la Guerra Civil.

Por tanto, podemos concluir que el monarca existe por su propio interés, y la monarquía, porque sí, porque ha existido siempre, y porque en cada momento de la Historia, su existencia respondía a un equilibrio de intereses que la hicieron posible.

III. ¿Quién nombró al rey de España?

Lejos de lo que ahora afirman los cronistas políticamente correctos, Borbón participó activamente de la política y el gobierno dictatorial, llegando a presidir las celebraciones del ilegítimo Consejo de Ministros, formando parte de los órganos de poder instituidos por quienes iniciaron la Guerra Civil Española, contra el gobierno de Azaña, Largo Caballero y Negrín, quienes accedieron a sus cargos mediante elecciones libres y democráticas.

Al rey de España le nombró el militar golpista Franco, en julio de 1969. Y no se limitó a suplantar simbólica y puntualmente al golpista … llegó a asumir la Jefatura del Estado, del 19 de julio a 2 de septiembre de 1974 y desde el 30 de octubre hasta el 20 de noviembre de 1975. Dos días más tarde, fue coronado rey de España.

Puesto que ya en el verano del 74 asumió el mando absoluto del país, si hubiera sido tan demócrata como algunos se empeñan en repetir, pudo haber legalizado el multipartidismo y convocar elecciones… ahorrándonos más de un año de dictadura.

IV. ¿Es español el rey de España?

El nombre completo del actual rey de España es: «Juan Carlos Alfonso Víctor María de Borbón y Borbón-Dos Sicilias», o dicho de un modo breve: Juan Carlos Borbón Borbón. Como vemos, el apellido se repite. La biología y la medicina, además del saber popular e incluso la Iglesia, tienen una visión muy peculiar acerca de la costumbre de casarse reiteradamente entre primos, pero bueno, esta no es la cuestión. Yendo a lo que nos interesa, Borbón es un apellido de origen francés. En efecto, el abuelo de Juan Carlos fue Alfonso, que fue nieto de Francisco, que fue nieto de Carlos, nieto de Felipe (un francés, nieto del absolutamente absoluto Luis).

Además de pertenecer a una familia francesa, el que dice ser el representante de los españoles ni siquiera nació en España, nació en Roma (Italia), el día cinco de enero de 1938. En esas mismas fechas, Franco, que más tarde sería su jefe y su amigo,acababa con la vida de casi un millón de españoles porque no le gustaba como pensaban, y porque eso le permitiría ocupar el lugar del jefe del Estado durante casi cuarenta años.

Volviendo a Juan Carlos, cuando el italianito tenía diez años se lo trajeron a España. Bueno, al menos nació el 5 de enero, es decir, la noche de reyes. Por tanto, la cuestión está clara: el rey de España es un italiano de origen francés. Y ya puestos, su esposa –y madre del futuro rey, si el pueblo no le pone remedio–, es Sofía, una griega cuya familia fue expatriada precisamente por andar flirteando con militares golpistas.

V. ¿Qué poderes tiene el rey de España?

Los poderes del rey de España están claramente descritos en los artículos 62 y 63 de la Constitución Española, y, según dicho texto, son: dar el visto bueno a las leyes que le manden; convocar elecciones y referéndum cuando le toque; nombrar al presidente del gobierno y a los ministros cuando se lo manden; hacer como que nombra a los militares y darles medallitas de vez en cuando; estar informado de los asuntos de Estado; el mando supremo de las fuerzas armadas; dar indultos; hacer ver que manda en las reales academias; enviar y recibir a los embajadores; firmar acuerdos internacionales en nombre de España y declarar la guerra, cuando se lo manden.

Parece que tantas líneas de texto está pensadas para disfrazar la parte que más preocupa: uno de los poderes del rey es el mando supremo de las fuerzas armadas. Por cierto, por si alguien piensa que se trata de una mera cuestión simbólica, que no debe tomarse en serio, que se trata de una tradición, un paripé del folklore español, le aconsejo que busque en el diccionario de la real Academia el significado de la palabra "supremo": «Sumo, altísimo. Que no tiene superior en su línea.»…

¿Entonces, quién da las órdenes a los cerca de cien mil soldados que tiene el ejército de España?, ¿el presidente del Gobierno a quien votó la mayoría del pueblo en marzo de 2004, o un italiano nombrado arbitrariamente por un militar golpista del Siglo pasado? Es decir: en pleno S. XXI, el mando supremo de los ejércitos de un país desarrollado y occidental, miembro de la OTAN, está en manos de un negocio familiar: vitalicio y hereditario.

VI. ¿Es justa la monarquía?

Desde mi punto de vista, una cosa es justa cuando en sentido común, es buena y está dentro de la Ley. Para hacer esta prueba, someteré la afirmación al tamiz de dos Leyes bien conocidas: la Constitución Española y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Según el artículo 14 de la actual Constitución Española: «…los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento…». A la vista de eso, no entiendo qué derecho extra tiene el hijo de Juan Borbón respecto al hijo de Pilar Bardem o la hija de Antonio Banderas. Es decir, si la Constitución Española prohíbe cualquier discriminación por razón de nacimiento, y el rey es rey solo por su nacimiento, entonces, la monarquía es inconstitucional.

Pero vayamos a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que según el segundo apartado del artículo número 10 de nuestra Constitución Española, es quien debe regir la interpretación de nuestros derechos y libertades fundamentales: Según las doce primeras palabras, del primer artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, «Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos».

Vamos a ver, interpretemos: ¿la monarquía es una dignidad, no? ¿o es un derecho de los reyes? En cualquier caso, si todos los seres humanos nacemos libres e iguales, ¿porqué unos nacen reyes y otros no? Si nos ponemos a descartar opciones, aunque solo sea por un ejercicio de lógica… ¿cabe pensar que los reyes no son seres humanos? Porque si no, habrá que pensar –por eliminación–, que además de inconstitucional, la monarquía es contraria a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

FUENTE: Jaume d'Urgell (escritor) http://www.durgell.com/ en http://www.monografias.com/

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